julio 17, 2025

Con votación unánime se despacha a Sala proyecto que extiende beneficios de Bomberos en caso de accidentes y enfermedades

Valparaíso, 15 de julio de 2025.- La Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos de la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó por unanimidad este martes las indicaciones presentadas por el Ejecutivo al Decreto de Ley 1.757, con el objetivo de  agilizar y ampliar el acceso de Bomberos a beneficios en caso de accidentes o enfermedades […]

Valparaíso, 15 de julio de 2025.- La Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos de la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó por unanimidad este martes las indicaciones presentadas por el Ejecutivo al Decreto de Ley 1.757, con el objetivo de  agilizar y ampliar el acceso de Bomberos a beneficios en caso de accidentes o enfermedades durante el ejercicio de sus funciones.

“Un trabajo impecable de la comisión. La indicación que presentó el Ejecutivo se basa en las ideas matrices que los parlamentarios habían establecido previamente y, junto con la CMF y el Presidente de la Junta Nacional de Bomberos, logramos llegar a buen puerto con un proyecto aprobado de forma unánime. Tenemos toda la esperanza de que se transforme en ley lo más pronto posible”, señaló el subsecretario del Interior, Víctor Ramos Muñoz.

La iniciativa amplía la cobertura médica de los bomberos a actividades como rescates en accidentes vehiculares, rescate agreste, atención de víctimas, atenciones en pandemia, capacitaciones, turnos de guardia y labores administrativas. Por primera vez, se incluye en los beneficios a todos los miembros del cuerpo de bomberos inscritos en el Registro Nacional de Bomberos, incluyendo a voluntarios, activos y honorarios. 

Entre las principales novedades destaca la incorporación de la cobertura de salud mental, que financiará hasta 30 sesiones de atención y contemplará el tratamiento continúo por hasta tres años en casos graves. 

El proyecto también simplifica los requisitos para acceder a prestaciones, eliminando la obligación de contar con un certificado de salud emitido exclusivamente por el médico tratante. Ahora podrá ser emitido por cualquier profesional del establecimiento asistencial que lo atienda o prestador de salud que le corresponda.

Además, la cobertura incluirá insumos, medicamentos, prótesis, aparatos ortopédicos y otros elementos de rehabilitación que sean prescritos por un médico. Y para cubrir los gastos de traslado hacia y desde los centros médicos, bastará con presentar el informe prehospitalario ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). 

Por último, durante la sesión se aprobaron indicaciones clave propuestas por los diputados y diputadas que integran la comisión, como la que permitirá que cadetes y brigadieres accedan al financiamiento íntegro de los gastos médicos durante las actividades de formación y capacitación, desde los 14 años en adelante.