Comisión de Hacienda del Senado aprobó proyecto de Crimen Organizado
La iniciativa está en su segundo trámite legislativo y este martes será votada en la sala de la Cámara Alta. Este lunes la comisión de Hacienda del Senado aprobó de forma unánime el proyecto de ley que actualiza los delitos que sancionan la delincuencia organizada y establece nuevas técnicas especiales para su investigación. La iniciativa […]
La iniciativa está en su segundo trámite legislativo y este martes será votada en la sala de la Cámara Alta.
Este lunes la comisión de Hacienda del Senado aprobó de forma unánime el proyecto de ley que actualiza los delitos que sancionan la delincuencia organizada y establece nuevas técnicas especiales para su investigación.
La iniciativa –que será votada este martes por la sala de la Cámara Alta- adapta la legislación nacional a las nuevas formas de organización, incorporando a la vez técnicas especiales de investigación para contribuir a la persecución penal de este tipo de delitos. Asimismo, consagra medidas especiales de protección de víctimas y testigos, similares a las que se encuentran establecidas en la Ley N° 20.000.
El proyecto cuenta con cuatro pilares, a saber:
a) Restructuración del delito de asociación ilícita
– Pasando a establecerse dos tipos penales: el de asociación criminal y asociación delictiva. Con ello, se introduce una definición más concreta para los delitos criminalidad organizada.
b) Se incorporan normas de comiso para los delitos vinculados a la delincuencia organizada
– La privación de los activos de las organizaciones criminales es uno de los pilares de la estrategia internacional de combate al crimen organizado, y en Chile estamos atrasados. El proyecto es una oportunidad para avanzar en la sistematización de las normas de comiso, incluyéndose el comiso de ganancias, el comiso sin condena, el comiso por equivalencia y el comiso ampliado.
c) Se introducen cambios a las técnicas especiales de investigación en el Código Procesal Penal
– Entrega más herramientas para la persecución de este tipo de delitos. Esta es otra de las herramientas centrales en el modelo internacional y el proyecto nos permite ponernos al día.
d) Se establecen medidas especiales de protección para víctimas y testigos
– Incorpora el régimen establecido en la Ley N° 20.000. De esta manera, se contemplan reglas generales de protección, junto a la implementación de medidas específicas. Asimismo, se incorporan: reglas para practicar la declaración, medidas complementarias, protección policial y cambio de identidad.
Artículos aprobados durante esta jornada en la Comisión de Hacienda
1. Artículo 218 ter.- Registros de llamadas y otros antecedentes de tráfico comunicacional.
2. Artículo 226 K.- Extralimitación en el uso de técnicas especiales.
3. Artículo 226 O.- Prohibición de revelación de información.
4. Artículo 468 bis.- Ejecución del comiso.